Recientemente, se ha publicado que el 49% de las personas en España convive con un animal y 8 de cada 10 lo considera un miembro más de la familia. El 74% de ellas los incluyen en sus fotos familiares y el 7% lo llama “hijo”. Es lo que se conoce como “Pet Parent”, y normalmente se da en parejas sin hijos. El 26% admite abiertamente que siente amor por su mascota.
Ante la ruptura de una relación amorosa se plantean muchas dudas, miedos e incertidumbres, tales como: ¿Quién se va a quedar con la mascota? ¿Va a cuidar de ella como yo? ¿Quién paga los gastos veterinarios?, etc. De hecho, son utilizadas a modo de chantaje emocional, mucho más habitual de lo que nos pudiéramos pensar.
Si bien son criaturas llenas de ternura y de amor, suponen también una responsabilidad que requiere tiempo y compromiso.
Con la modificación del Código Civil operada en virtud de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, en vigor desde el 5 de enero de 2022, los animales de compañía han dejado de ser meros bienes de propiedad privada para ser considerados seres vivos dotados de sensibilidad, lo que implica que aspectos como la custodia o el reparto de gastos puedan ser incluidos en los convenios reguladores, siempre teniendo en cuenta el bienestar animal.
En Vela Abogados llevamos tiempo recibiendo consultas sobre este tema, asesorando y mediando sobre cuál es la mejor solución en cada caso. Por ello, celebramos con entusiasmo que cada vez más nuestros Juzgados y Tribunales vayan dictando sentencias que consideran a las mascotas como un miembro más de la familia, sujeto a las medidas que sobre su guarda, visitas y gastos puedan adoptarse, junto al resto de las legalmente recogidas en nuestro ordenamiento jurídico.
Si tienes más dudas, puedes concertar una cita en cualquiera de nuestras sedes.